El patrimonio cultural está protegido en caso de conflicto por una serie de convenios internacionales, y las leyes. Estas son esencialmente instrumentos jurídicos elaborados y adoptados por los Estados. Aunque adoptada por un gran número de Estados, que sólo son vinculantes para los Estados que deciden unirse, que normalmente se realiza a través de la ratificación por el Estado, adhesión, aceptación o aprobación de la Convención. Cada convenio internacional sólo es jurídicamente vinculante en su ámbito específico de aplicación, que se determina en general por:
- los Estados Partes (es decir, los Estados que hayan firmado / ratificado)
- el marco temporal que abarca desde convenios generalmente no se aplican con carácter retroactivo
- su objeto (por ejemplo, bienes culturales, tal como se define en la Convención)
A pesar de las variaciones regionales y locales en la legislación, ya pesar del hecho de que no todas las leyes y convenciones son jurídicamente vinculantes, una cierta cantidad de consenso se ha logrado. En general, en el marco del derecho de los conflictos armados, patrimonio cultural está protegido contra cualquier acto de hostilidad condición de que no se utiliza al mismo tiempo para fines militares.
Cuatro elementos
Hay cuatro elementos esenciales, vinculante para todos los estados durante los conflictos armados, ya sea que se hayan adherido o reconoce el marco legal, o no. Los tres primeros elementos son aplicables tanto en internacionales y no- los conflictos armados internacionales, mientras que el cuarto sólo en los conflictos armados internacionales (Henckaerts et al., 2005):
- La obligación de cada parte en el conflicto a respetar los bienes culturales.
- Especial cuidado se debe tomar en las operaciones militares para evitar daños a los edificios dedicados a la religión, arte, ciencia, la educación o la beneficencia y los monumentos históricos, a menos que sean objetivos militares esenciales. Propiedad de gran importancia para el patrimonio cultural de los pueblos no debe ser objeto de ataque a menos que lo requiera imperativamente por las necesidades militares.
- La prohibición del uso de los bienes culturales de gran importancia para fines que pudieran exponer dichos bienes a destrucción o daños, a no ser que se requiere imperativamente por las necesidades militares.
- La obligación de cada parte en el conflicto para proteger los bienes culturales.
- Toda ocupación, destrucción o deterioro intencional de las instituciones dedicadas a la religión, caridad, educación, las artes y las ciencias, monumentos históricos y obras de arte y la ciencia está prohibida. Cualquier forma de robo, pillaje o apropiación indebida de, y los actos de vandalismo dirigidos contra, Se prohíbe la propiedad de gran importancia para el patrimonio cultural de los pueblos.
- La obligación de la potencia ocupante para impedir la exportación ilícita de bienes culturales de un territorio ocupado y devolver los bienes ilícitamente exportados a las autoridades competentes de los territorios ocupados.
Convenciones
Los convenios más importantes relacionados con la protección del patrimonio cultural son:
- Convención de Ginebra (1949), y los Protocolos adicionales I y II (1977), que prohíbe el pillaje y la destrucción de los bienes culturales al invadir u ocupar fuerzas (ver más ...)
- La Convención de La Haya (1954), y sus Protocolos I y II (1954 / 1999), que es el único instrumento internacional destinado específicamente a la protección del patrimonio cultural en caso de conflicto armado y ocupación, y define las circunstancias en que los bienes culturales pueden ser atacadas, así como los métodos para su protección (ver más ...)
- Convención de la UNESCO (1970), que es la convención internacional más ampliamente ratificado que existe sobre el tema del tráfico ilícito de bienes culturales (ver más ...)
- Convención del Patrimonio Mundial (1972), que establece las obligaciones de los Estados Partes en la identificación de posibles sitios de excepcional importancia para la humanidad y su papel en la protección y preservación de los mismos, así como la protección de su patrimonio nacional (ver más ...)
- Convención sobre Robados o Exportados Ilícitamente Culturales (1995) (ver más ...)
- Derecho Penal Internacional permite el enjuiciamiento de los criminales de guerra individuales para actos destructivos u operaciones contra el patrimonio cultural (ver más ...)
- Derecho Internacional de los Derechos Humanos garantiza el derecho a participar en la vida cultural y preservar el patrimonio cultural (ver más ...)
Enlaces:
- Árabe Diccionario Jurídico Inglés (Libro 1)
- Árabe Diccionario Jurídico Inglés (Libro 2)
- Árabe Diccionario Jurídico Inglés (Libro 3)
- Diccionario jurídico Inglés árabe para los tribunales estadounidenses
- Abogados’ Comité para la Preservación del Patrimonio Cultural – Publicaciones
- Protección Jurídica de los Bienes Culturales: Una Guía de Recursos Selectivo
Sólo las personas mismas pueden prevenir la destrucción de los bienes culturales en situaciones de conflicto armado. El marco jurídico necesario para dirigir ese cambio está ahí. Sólo debe ser aceptado y aplicado.