Disposiciones legales

La Constitución de la República Árabe Siria se publicó en 1973 (♥). El poder legislativo es el Parlamento; el Poder Ejecutivo formado por el Presidente, Gabinete, ayuntamientos y la administración local. El Ministerio de Cultura, en particular, la Oficina de Derecho de Autor, es la encargada de proponer enmiendas a la legislación de derechos de autor en relación con la vida cultural de Siria. La Oficina de Derecho de Autor presenta las enmiendas al Parlamento, donde son discutidas y examinadas, y se deciden las medidas apropiadas que han de adoptarse. Varias leyes protegen los derechos de autor de los autores (escritores y artistas literarios): Decree No 2385 (1924), artículos 708 y 709 del Código Penal sirio y la Ley de la Propiedad Intelectual en Siria (2008). Autores’ derechos están protegidos por 50 año después de su muerte; para los artistas esto es 50 años a partir de la fecha de la primera ejecución pública.

El Ministerio de Cultura también juega un papel importante en cuanto a la aprobación de la creación de asociaciones culturales, a pesar de que son la responsabilidad administrativa del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La concesión de una licencia para el establecimiento de una sociedad cultural requiere una serie de aprobaciones, incluida la de la ministra de Cultura.

El sirio Ley de Antigüedades es originario de octubre 26 1963 y fue promulgada por el Decreto Legislativo n º. 222 de 1963. Hoy en día implica varias enmiendas, el último de 1999. Para el Lawand sus últimas modificaciones ver en (EN)… o ver en (EN)….

[♥] De: Siria por Reem Al Khatib y Yazaji Rana publicado en "Políticas culturales en Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos, Palestina, Siria y Túnez. Una introducción ', Recursos Culturales / Fundación Cultural Europea, Bookmanstudies, 2010, 186-187.

En diciembre 12 2013 DGAM anunció que un nuevo proyecto de ley se ha completado sobre la protección del patrimonio arqueológico, para más información haga clic aquí.

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